martes, 20 de julio de 2010

Cómo pagar menos impuestos: planificar tu declaración de la renta

Algunas personas piensan que la declaración de la Renta es algo que se debe afrontar en los meses de Mayo y Junio; sin embargo, estoy convencido de que esto es un error. Si nos limitamos a mirar nuestra declaración en los meses de Mayo y Junio, ya no podremos buscar medidas para reducir los impuestos que tenemos que pagar (esto se tiene que hacer durante el ejercicio fiscal, es decir, durante el año anterior).

Por eso, siempre recomendamos dedicarle un ratillo a nuestra declaración en los meses previos a que acabe el año, dado que en tal momento podremos tomar decisiones que nos impliquen descuentos importantes en los impuestos que habremos de pagar en los meses venideros.

Resultaría imposible explicar todas las opciones que la Ley de IRPF contempla, pero anotaremos algunas de las más habituales:

- Compensación de pérdidas patrimoniales (la Ley da la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales hasta en 4 ejercicios; por eso, si dicho plazo va a expirar nos convendría vender activos que generen ganancia para así, compensar dicha ganancia y ahorrarnos los impuestos correspondientes. Asimismo, en el caso de activos cuyo rendimiento es de difícil recuperación, puede ser recomendable la venta con pérdida para así mitigar otras ganancias patrimoniales y, por lo menos, obtener ese beneficio fiscal).

- Inversión en acciones. Los dividendos tienen un tratamiento más beneficioso en la Ley del IRPF, dado que están exentos hasta 1.500 euros anuales. Esto implica que invirtiendo en este concepto, nos aseguraremos 1.5oo euros sin impuestos (el tipo actual oscila entre el 19% y el 21%), lo que puede suponer hasta un máximo de 315 euros.

- Deducción por adquisición de vivienda habitual. La Ley permite deducirse el 15% de las cantidades destinadas a adquirir a vivienda habitual, con el límite de 9.015 euros anuales, lo que supone una deducción de 1.350 euros anuales).

- Deducción por donativos a entidades sin ánimo de lucro (ONG´s y otras entidades con fines sociales). Depende de la entidad que sea, pero las aportaciones realizadas a muchas de ellas gozan de la deducción del 25%, y además, una deducción del 15% en la Comunidad de Madrid. Así, por ejemplo, alguien que dé 50 euros al mes a Cruz Roja, podrá deducirse otros 24o euros en su declaración.

- Reducción por aportación a planes de pensiones. Todas estas aportaciones supondrán una reducción en la base imponible con el límite de 10.000 euros anuales (a no ser que el contribuyente tenga más de 50 años).

Existirían otras medidas como la obtención de rendimientos en periodos superiores a dos años (por ejemplo, depósitos bancarios a 2 años y un día), la apertura de una cuenta empresa, la deducción de alquiler... algunas de estas son autonómicas y por tanto, habría que ver la Comunidad Autónoma en la que vas a declarar.

Si tu declaración tiene importes más altos, tal vez te convendría ver otras posibilidades: sociedades dedicadas a arrendamientos, a inversiones...

Si precisas de mayor información, no dudes en contactar con nosotros.

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